CN aprueba Ley de Uso Obligatorio de Mascarillas

El Congreso Nacional aprobó este jueves la Ley de Uso Obligatorio de Mascarillas y Aplicación de Protocolos de Bioseguridad, para minimizar el riesgo de contagio del COVID-19, teniendo una multa de L200.00 al que no acate dicha resolución.

Esta le y es aplicable para todas las personas que asistan a eventos en todo el territorio nacional cuando asistan o permanezcan en lugares públicos siempre, y en privados a la que asistan más de cinco (5) personas.

La normativa recalca y especifica los siguientes establecimientos: De educación pre básica, básica, media y de educación superior; de salud, públicos y privados; centros comerciales, hoteles, farmacias y demás establecimientos similares de libre acceso al público; puertos y aeropuertos; iglesias; cines, discotecas, bares, restaurantes, casinos de juego y actividades similares.

Además, establecimientos donde se fabriquen, procesen, depositen o manipulen productos, medicamentos o alimentos; lugares de trabajo; establecimientos deportivos destinados al público como gimnasios o estadios con excepción de los deportistas mientras dure la práctica del deporte; y los asilos de personas adultos mayores.

De igual forma, los establecimientos, industrias o actividades comerciales, religiosas o deportivas señaladas deberán contar con la autorización del Poder Ejecutivo a través del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (SINAGER) para su funcionamiento.

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