El CN elimina artículos 28 y 153 referentes a la responsabilidad penal de directores de prensa
El Congreso Nacional eliminó los artículos 28 y 153 del futuro Código Penal, referentes a la responsabilidad de directores y dueños de medio de comunicación, de cualquier delito por nota de periodistas, mientras que en violación a derechos humanos, solo serán responsables quienes lo cometan o dieron las órdenes.
Ahora cualquier nota de prensa divulgada por cualquier medio que puede considerarse que se cometió delito, la responsabilidad caerá exclusivamente en su autor, siendo eximidos ahora los jefes de redacción, directores de medios o dueños de medios de comunicación, como estaba establecido inicialmente en el Código Penal cuando se aprobó.
La denominada responsabilidad ascendente en la cadena de mando fue eliminada. Fue una de las peticiones que le hicieron integrantes de asociaciones de medios de comunicación al Congreso Nacional cuando se socializó el nuevo instrumento de ley, una vez que fue publicado en La Gaceta y durante el llamado periodo de vacatio legis, mecanismo cuando una ley se publica pero se deja un periodo de tiempo para que entre en vigencia.