Según juez orden de desalojo fue por una orden de reforma normativa vigente

El juez ejecutor de la orden del desalojo de dirigentes garífunas en Punta Gorda, Alan Urbina, justificó que se ordenó una medida preventiva basada en actuales reformas a la normativa penal vigente en Honduras.

“Hemos realizado una función que está dentro de nuestras atribuciones como juez. Se presentó un requerimiento fiscal donde se está acusando a una persona por un delito de usurpación, además dentro del requerimiento se refiere que hay otras personas también, pero que no se han podido individualizar”, explicó en declaraciones al medio televisivo HCH.

Apuntó que la solicitud del Ministerio Público fue un desalojo preventivo, una figura reciente contenidas en una reciente reforma al Código Penal y Procesal Penal.

Añadió que un desalojo preventivo ordena que toda persona dentro de sede administrativa o sede judicial que tenga conocimiento que llegue a tener información sobre el derecho de propiedad de una persona sobre una tierra, estará obligado a ejecutar el desarrollo preventivo.

Urbina enfatizó que la norma manda que el juez, fiscal o policía que no ejecute la orden en 24 horas incurre en responsabilidad civil o penal.

Leave a Reply